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viernes, 19 de febrero de 2010

Modificación al Código de la Niñez

El Artículo 169 de la Ley Nº 1680/01, Código de la Niñez y la Adolescencia, ha sido modificado por la Ley Nº 3879/09.

Transcribimos la legislación indicada, como sigue:  
Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 169 de la Ley Nº 1.680/01 “CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA”, cuyo texto queda redactado de la siguiente forma:

                        Art. 169.- DE LA COMPETENCIA TERRITORIAL. La competencia territorial estará determinada por el lugar de residencia habitual del niño o adolescente, y en el caso que el niño o adolescente se encuentre residiendo en el extranjero, la competencia territorial quedará a opción del accionante. Cuando el juicio se iniciare en territorio extranjero, se notificará al Estado paraguayo, conforme órgano competente.

            Artículo 2º.-    Comuníquese al Poder Ejecutivo".

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